Servicios para la implementación del proceso de solicitud de transferencia electrónica de vehículos motorizados (STEV)
A través de una serie de servicios electrónicos y aplicativos asociados al sistema de gestión electrónico denominado Solicitud de Transferencia Electrónica de Vehículos Motorizados, la Institución podrá implementar un sistema en línea que permita generar la transferencia de vehículos en el Registro de Vehículos Motorizados, conforme a la documentación fundante asociada a ello, esto es, contrato privado electrónico, escritura pública electrónica, factura electrónica, factura exenta electrónica, factura de remate electrónica, factura de remate exenta electrónica y los demás documentos complementarios que correspondan legal y reglamentariamente, conforme a los procedimientos que se definen para tales efectos, especialmente, respecto del proceso operativo de ingreso de Solicitud de Transferencia Electrónica.
Los valores a pagar por concepto de prestación de los servicios descritos en el presente Convenio, se encuentran establecidos por Resolución Exenta N°318, de fecha 05 de septiembre de 2019, del Servicio de Registro Civil e Identificación.
Conforme a ella, se cobrará por la habilitación de llamadas al sistema de Registro de Vehículos Motorizados y otros sistemas complementarios, a fin de efectuar las consultas, solicitudes y seguimientos de transferencias de Vehículos Motorizados de manera electrónica, cuyo valor se establece en conformidad a los siguientes parámetros:
Para efectuar las solicitudes de transferencias electrónicas, se deben considerar los siguientes tipos de servicios:
- Llamada al Servicio Consulta Vehículo.
- Llamada para la Inscripción de Transferencia de Vehículos.
- Llamada al Servicio Consulta Estado de Solicitud.
Para estos efectos, cada llamada al servicio “Consulta Vehículo” se cobrará conforme al valor de la llamada para la “Inscripción de Transferencia de Vehículos”. Además se establece que las dos (02) primeras llamadas del servicio “Consulta Estado de Solicitud” efectuadas en un mismo día, estarán exentas de cobro. A partir de la tercera llamada a dicho servicio, dentro del mismo día, se cobrará conforme al valor de la llamada para la “Inscripción de Transferencia de Vehículos”.La llamada para la inscripción de transferencia de vehículo en el sistema, tendrá el valor que se indica a continuación:
Cantidad Mínima de llamados | Cantidad Máxima de llamados | Porcentaje por Recargo Precio Unitario del Rango | Precio Unitario Consultas más Recargo | Precio Mínimo en UF | Rango en UF |
1 | 10.000 | 0,00 | 0,0400 | 0 | 400 |
10.001 | 30.000 | 1,11 | 0,0444 | 200 | 1.332 |
30.001 | 70.000 | 1,22 | 0,0488 | 310 | 3.416 |
70.001 | 120.000 | 1,33 | 0,0532 | 504 | 6.384 |
120.001 | 190.000 | 1,44 | 0,0576 | 712 | 10.944 |
190.001 | 280.000 | 1,55 | 0,0620 | 954 | 17.360 |
280.001 | 400.000 | 1,66 | 0,0664 | 1206 | 26.560 |
400.001 | 550.000 | 1,77 | 0,0708 | 1459 | 38.940 |
500.001 | 740.000 | 1,88 | 0,0752 | 1673 | 55.648 |
El valor de la creación por usuarios en la red corporativa del Servicio de Registro Civil e Identificación será de diez (10) Unidades de Fomento por usuario creado.
Todos los pagos se realizarán en pesos chilenos, una vez efectuada la conversión según el valor vigente para la Unidad de Fomento (UF) del último día hábil del mes al que corresponde el servicio prestado. A todos los precios expresados deberá adicionárseles el Impuesto al Valor Agregado, ajustando el precio final a cinco (5) dígitos decimales, los cuales se aproximarán al entero superior.
Para Instituciones Privadas
- RUT de la Institución.
- Escritura Pública de Constitución de la Sociedad.
- Inscripción en Registro de Comercio del Extracto de Constitución de la Sociedad.
- Publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la Sociedad.
- Escritura Pública por la cual se otorgan poderes a representantes legales de la Sociedad.
- Certificado de vigencia de sociedad emitido por el Conservador de Bienes Raíces, con una antigüedad no superior a 3 meses desde su emisión.
- Certificado de vigencia de los poderes, emitido por el Conservador de Bienes Raíces, con una antigüedad no superior a 3 meses desde su emisión.
- Cédula de Identidad del o los Representantes Legales.
Para Instituciones Públicas
- RUT de la Institución.
- Decreto de Nombramiento del Jefe Superior de la Institución.
- Cédula de Identidad del Jefe Superior de la Institución.
En línea: Enviar correo electrónico a convenios@registrocivil.cl, solicitando información respecto del proceso de suscripción del Convenio de Prestación de Servicios para la Solicitud de Transferencia Electrónica de Vehículos Motorizados (STEV).