Inscripciones Inscripción de instituciones y personas naturales de apoyo a la discapacidad

Toda persona natural o jurídica que esté interesada en prestar servicios de apoyo y asistencia a las personas con discapacidad, debe estar inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad que administra el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).

Todas las personas.

Si realiza el trámite en línea, debe tener ClaveÚnica.

Personas naturales:

  • Fotocopia simple de la cédula de identidad.
  • Carta de experiencia, idoneidad y pertinencia para la prestación de servicios de apoyo.
  • Certificado de título profesional o técnico.
  • Certificado de grado académico (licenciatura, magíster, entre otros).
  • Certificados que acreditan estudios en áreas relacionadas.
  • Certificados que acrediten experiencia laboral.
  • Certificado, carta o ficha de recomendación técnica emitida por organismo acreditador de competencias.

Personas jurídicas:

  • Fotocopia simple de cédula de identidad.
  • Carta de experiencia, idoneidad y pertinencia para la prestación de servicios de apoyo.
  • Fotocopia de certificado de título profesional o técnico.
  • Certificado de grado académico (licenciatura, magíster, etc.).
  • Certificados que acrediten estudios en áreas relacionadas.
  • Certificados que acreditan experiencia laboral.

No tiene costo.

En línea: Tramitación en la columna de la derecha.

En oficinas:

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a una oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI).
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción de instituciones y personas naturales de apoyo a la discapacidad.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá efectuado la solicitud de inscripción de instituciones y personas naturales de apoyo a la discapacidad. Tendrá respuesta a su requerimiento en un plazo aproximado de 20 días hábiles.

Importante:

  • Una vez revisada, esta información será enviada al Servicio Nacional de la Discapacidad (Senadis), quien emitirá un informe técnico que aprobará o rechazará la inscripción en el Registro Nacional de la Discapacidad. El Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) informará lo resuelto a la persona interesada.
  • Puede revisar en línea el estado de su solicitud.

 

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