Reserva de hora Solicitar hora de matrimonio civil o inscripción del matrimonio religioso

Permite solicitar fecha y hora para la realización de un matrimonio civil o para la inscripción de un matrimonio religioso.

Para efectos civiles, la celebración del matrimonio religioso debe ser inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) en un plazo de ocho días corridos posteriores.

Antes de la celebración del matrimonio civil o religioso, la pareja debe cumplir con lo siguiente:

  • Solicitar hora con cualquier oficial civil para realizar la manifestación: incluye la entrega de información de los testigos, además de fijar el día y hora para la celebración del matrimonio civil o la inscripción del matrimonio religioso.
  • Manifestación: los contrayentes comunican al oficial civil, en forma escrita, oral o por lenguaje de señas, su intención de contraer matrimonio.
  • Información: los contrayentes deben presentar a lo menos dos testigos que declararán que los futuros cónyuges no tienen impedimentos o prohibiciones para contraer el matrimonio.

Rendida la información de los testigos, dentro de los 90 días siguientes se procede a la celebración del matrimonio. Después de ese plazo, deben repetirse las formalidades de la manifestación y la información.

Cualquier oficial civil es competente para celebrar el matrimonio, independientemente del lugar en que los contrayentes tengan su domicilio, siempre y cuando hayan hecho previamente ante él la manifestación, la información y la presentación de los dos testigos.

Parejas que desean contraer matrimonio civil o por la iglesia, que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Ser mayores de 16 años de edad.
  • Cuenten con la autorización para contraer matrimonio de su representante legal (padre, madre, curador, tutor) o del juez o jueza correspondiente a su domicilio si uno o ambos contrayentes tienen entre 16 años y son menores de 18 años.
  • Ser legalmente capaces y cumplir con las formalidades legales.
  • Contar con testigos hábiles.
  • No estar casados previamente.
  • No tener impedimentos o prohibiciones legales.
  • Dar consentimiento libre y espontáneo.

Si la filiación del contrayente menor de edad no estuviese determinada respecto de sus padres, corresponde que su ascendente lo dé, a falta de los anteriores el o la representante legal tendrá que dar su consentimiento. A falta de esta figura, tendrá que hacerlo el oficial civil que intervenga en la celebración del matrimonio.

  • Cédula de identidad vigente y en buen estado de los que contraen matrimonio y de los dos testigos.
  • Si los contrayentes son extranjeros, deben presentar documentos de identidad del país de origen o su pasaporte y su visa de turista, si corresponde.
  • Si realiza la reserva de hora en línea, deberá tener ClaveÚnica.

  • Fuera de la oficina del SRCeI y fuera del horario de trabajo: 32 mil 520 pesos.
  • Fuera de la oficina del SRCeI y dentro del horario de trabajo: 21 mil 680 pesos.
  • En la oficina del SRCeI y dentro del horario de trabajo, no tiene costo. Sólo se debe pagar el valor de la libreta de matrimonio: $1.830.

En línea: Puede reservar hora pulsando el botón correspondiente en esta misma página.

En oficina:

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación.
  3. Explique el motivo de su visita: solicitar fecha y hora para la realización de un matrimonio civil, o para la inscripción del matrimonio religioso.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado fecha y hora para la celebración del matrimonio civil o la inscripción del matrimonio religioso. Si posteriormente necesita modificar la hora reservada, deberá realizarlo en la misma oficina donde la solicitó.

Ley Nº 19.947 de matrimonio civil.

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