Inscripción en el registro de personas jurídicas sin fines de lucro
Es un registro nacional y único en el que deben ser inscritas asociaciones, fundaciones organizaciones comunitarias, juntas de vecinos y uniones comunales.
- Juntas de vecinos y uniones comunales.
- Asociaciones y fundaciones.
- Organismos públicos que constituyan personas jurídicas sin fines de lucro de acuerdo con leyes especiales.
- Formulario de inscripción o subinscripción de personas jurídicas sin fines de lucro (ver anexos)
- Copia del documento en el que conste la facultad para representar a la persona jurídica de que se trata, en caso de que el acto sea requerido por el interesado.
- Copia autorizada de los documentos fundantes del acto que se pretende inscribir o subinscribir.
- Copia del documento en que el secretario municipal o el órgano público correspondiente autorice al interesado o al funcionario municipal designado para solicitar la inscripción o subinscripción de constitución, modificación, extinción o disolución que se pretende, cuando corresponda.
No tiene costo.
En oficinas:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a la oficina del Registro Civil más cercana.
- Explique el motivo de su visita: inscribir a una junta de vecinos, unión comunal, organización o fundación en el registro de personas jurídicas sin fines de lucro.
- Entregue los antecedentes requeridos.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción, la que se hará efectiva en un plazo máximo de 20 días hábiles.
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