Inscripción en el Registro de Prendas sin Desplazamiento
Permite inscribir contratos de prendas dejadas en garantía para acceder a un crédito.
El Registro de Prendas Sin Desplazamiento es público, electrónico, nacional y único, y contiene las inscripciones de contratos de prenda (aquellas dejadas en garantía), sus modificaciones y alzamientos, y sirve para informar los hechos y actuaciones que contenga.
Toda persona natural o jurídica que tenga la calidad de acreedor, constituyente o deudor de una prenda sin desplazamiento (en garantía).
Se pueden prendar:
- Bienes corporales muebles: vehículos motorizados, maquinarias, animales, etc.
- Derechos: créditos, derechos de concesión.
- Títulos de crédito: acciones, bonos, pagarés.
- Otros: utilidades futuras, inventarios. Los inmuebles, las naves y aeronaves no pueden ser objeto de un contrato de prenda, en virtud que se rigen por sus leyes particulares.
Para la inscripción, modificación y alzamiento
Si se realiza mediante procedimiento notarial:
- Escritura pública o contrato privado digitalizado.
Si se realiza a través de las oficinas del Registro Civil:
- Escritura pública o contrato privado protocolizado.
- Inscripción: $39.210.
- Modificación de inscripción: $9.650.
- Alzamiento de inscripción: $39.210.
En oficina:
- Reúna los antecedentes requeridos.
- Diríjase a las notarías donde se gestiona el registro en el sistema o a las oficinas del servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI) habilitada para realizar el trámite. Horario de atención de oficinas SRCeI: lunes a viernes, de 8:30 a 14:00 horas.
- Explique el motivo de su visita: solicitar la inscripción en el Registro de Prendas sin Desplazamiento.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la inscripción del contrato de prenda sin desplazamiento o la modificación o el alzamiento de inscripción en el Registro de Prenda sin Desplazamiento, lo que se realizará de forma inmediata.
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